Los pasados días 9 y 10 de Marzo la sala superior
del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó
dos aspectos importantes para el rumbo de las presentes campañas y sobre la
rendición de cuentas de los partidos políticos hacia el futuro.
Bienvenido el debate en las intercampañas
En primera instancia el Tribunal revocó el acuerdo
emitido por el INE respecto al periodo de intercampañas, en el sentido de que
no habría debates de los candidatos a la presidencia de la república en ningún
medio de comunicación. Este acuerdo tuvo su origen cuando el Instituto
respondió a unos cuestionamientos de MORENA y el Partido del Trabajo sobre el
periodo mencionado. El argumento fue que las intercampañas son un tiempo de
reflexión interna de los partidos.
El acuerdo fue impugnado por Cámara de la Industria
de Radio y Televisión (CIRT), el PRI, su candidato José Antonio Meade y por
Televisión Azteca. Se argumentó que el Instituto carecía de facultadas
reglamentarias y se excedió en las mismas.
Ante lo anterior la Sala superior señaló que “no
debe haber mayor restricción al derecho a la libertad de expresión que las que
se encuentran previstas en ley y las que se han establecido a través de
criterios jurisprudenciales”.
Esta resolución es de gran paso para la vida
democrática del país debido a que el intercambio de ideas debe ser permanente.
Ahora les toca a los candidatos entrarle al debate, solo espero que sea basado
en temas concretos y cómo ser resolverían, aspectos que han faltado en lo que
va del proceso.
Por su parte los medios de comunicación tendrán
libertad de convocar a los candidatos que ellos consideren, espero que así como
impugnaron esa resolución absurda del Instituto, actúen con responsabilidad y
siendo verdaderos moderadores en los debates que convoquen, es decir, que cuestionen
a los candidatos, les hagan preguntas puntuales y no dando margen a la
ambigüedad que suele caracterizar las propuestas electorales.
A devolver los recursos no ejercidos
La Sala Superior del TEPJF instruyó al INE a emitir lineamientos para la devolución de
los remanentes de los recursos públicos que los partidos políticos no ejerzan
en el año para sus actividades ordinarias y específicas. Señalando que la
ausencia de la norma no debe de abonar a la opacidad.
Se argumentó que los Partidos
Políticos siendo sujetos obligados se rigen por los
principios que regulan el gasto público, como los de economía, austeridad,
racionalidad y anualidad del presupuesto. Esta resolución se da a raíz de las
irregularidades encontradas en el informe anual de MORENA en el ejercicio 2016.
Ahora le toca al INE emitir estos lineamientos, esperemos sean claros y
específicos para que no haya margen a la evasión.
Este paso que ha dado el Tribunal es
de gran importancia, los ciudadanos debemos estar informados en que se gasta
cada centavo del erario público, más tratándose de una de las instituciones de las que menos
confía la sociedad, los partidos políticos.
No es una victoria asegurada para la
transparencia y rendición de cuentas, pero por algo se empieza, habrá
pesimistas que piensen que será igual como sucede en las dependencias de
gobierno, que teniendo recursos y estando por finalizar el ejercicio fiscal se
gastan en lo que sea los recursos con tal de justificar que se hizo uso del 100
% de lo entregado.
Hay mucho que avanzar en el tema de
transparencia y rendición de cuentas, bien por el Tribunal, ahora a esperar los
lineamientos del INE y poner más atención en la fiscalización de los recursos
otorgados a los partidos políticos.
Referencias
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